Registro MiPyME

Si tenés un comercio, ofrecés un servicio o desarrollás actividades productivas en el país, podés pagar menos impuestos y acceder a beneficios.
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Estar inscripto es el paso inicial para poder acceder a financiamiento, capacitaciones y todos estos beneficios.

Podés inscribirte acá.

Estos son los beneficios:

Alícuota de contribuciones patronales de Seguridad Social

Las MiPyME tendrán 18% de alícuota de contribuciones patronales.

Prórroga para medidas cautelares

Se prorroga hasta el 30 de noviembre de 2021 la suspensión para trabar medidas cautelares a micro, pequeñas y medianas empresas y “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa – Tramo I y II”.

Exención del impuesto al retiro en efectivo para micro y pequeñas empresas

Cuando se lleven a cabo extracciones en efectivo de cuentas bancarias o cuentas de pago (cuenta electrónica), bajo cualquier forma, los débitos efectuados en las cuentas estarán sujetos al doble de la tasa vigente, sobre el monto de los mismos, salvo en las cuentas cuyos titulares sean personas humanas o personas jurídicas que revistan y acrediten la condición de micro y pequeñas empresas.

Exención de la comisión bancaria por depósito de efectivo

Los bancos no podrán cobrar comisiones a la MiPyMES que efectúen depósitos en efectivo en sus cuentas bancarias.

Pago de IVA a 90 días

Si sos micro o pequeña empresa, podés pagar a 90 días el IVA que declarás mensualmente. Si querés acceder a este beneficio, lo podés hacer cuando estés realizando tu inscripción como MiPyME en AFIP. Hacé clic en el casillero que se encuentra al lado del beneficio y seleccioná la opción “Sí”. Vas a poder ver la aprobación o el rechazo de la solicitud del beneficio en el servicio de e-ventanilla.

Una vez aprobada la solicitud, podés ver el nuevo vencimiento del pago de las declaraciones juradas del IVA mediante el Sistema de Cuentas Tributarias. Recordá que la presentación de Declaraciones Juradas de IVA sigue siendo mensual, pero podés ingresar el saldo resultante en la fecha de vencimiento correspondiente al segundo mes siguiente al de su vencimiento original.

Compensación del impuesto al cheque en el pago de Ganancias

Si tenés una micro o pequeña empresa, podés compensar en el pago de Ganancias el 100% del impuesto al cheque, y si tenés una empresas industrial mediana tramo 1, el 60%. De igual forma, podrá compensarse el impuesto sobre los movimientos de fondos en cuentas de pago (cuenta electrónica)

La compensación se puede hacer a través del Formulario F798 en SIAP o en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias.

Para tener en cuenta:

  • Las cuentas bancarias y otras operatorias tienen que estar a nombre del beneficiario inscripto.
  • El beneficio tendrá efectos respecto del impuesto acreditado y/o debitado a partir del mes en el cual se apruebe la inscripción al registro.
  • El remanente del impuesto a los débitos y créditos no podrá ser compensado con otros impuestos a cargo del contribuyente ni con solicitudes de reintegro o transferencia a favor de terceros. Sólo se puede trasladar el 34% de los créditos, hasta su agotamiento, a otros períodos fiscales.

Simplificación para solicitar el certificado de no retención de IVA

Si estás registrado como MiPyME, se simplifican los trámites para solicitar el certificado de no retención de IVA.

Las micro, pequeñas y medianas empresas pueden solicitar el beneficio cuando sus Declaraciones Juradas de IVA tengan un saldo a favor durante dos períodos fiscales consecutivos anteriores al pedido.

Además, al momento de la solicitud, las pequeñas y medianas empresas tramo 1 deben tener un saldo a favor en la última Declaración Jurada de IVA vencida, equivalente al 10% del promedio del impuesto determinado en las DDJJ de los últimos doce períodos fiscales, como mínimo.

Las empresas que desarrollen actividades de la construcción y minería y las personas humanas que desarrollen actividades en el sector de servicios, no pueden acceder al beneficio.

Para pedir que no se retenga el IVA en todas tus operaciones, seguí estos pasos:

  • Ingresá al sitio de AFIP.
  • Seleccioná el servicio «Certificados de Exclusión Ret/Percep del IVA y Certificados de Exclusión Percep del IVA – Aduana».
  • Seleccioná la opción «Solicitud de Certificado de Exclusión de Retención y/o Percepción del Impuesto al Valor Agregado (CNR PYME)».

Reducción de retenciones para micro empresas de comercio

Si tenés una micro empresa de comercio y vendés a jubilados y pensionados alcanzados por el beneficio de devolución de IVA, quedás excluído de los regímenes de retención del impuesto a las Ganancias sobre las operaciones que realices con tarjeta de crédito o débito. Para solicitar este beneficio, tenés que exhibir el certificado MiPyME ante el respectivo agente de retención.

Saldos a favor para MiPyMEs en AFIP

Prioridad para la tramitación y percepción de las compensaciones, acreditaciones, devoluciones o reintegros de impuestos o saldos a favor.

Exención de los reembolsos

Exención de ganancias para los reintegros o reembolsos en concepto de impuestos del mercado interno de ciertos productos, materias primas y servicios para MiPyME exportadoras.

Exclusión en Régimen de Retención IVA – GANANCIAS

Las micro empresas con certificado vigente de Registro MiPyME están excluídas de las retenciones de IVA y ganancias en los pagos con tarjeta de crédito.

Beneficio para MiPyME sobre Derechos de Exportación

Las MiPyME que realicen exportaciones, respecto de las mercaderías definidas en el anexo del Decreto 302/2021, y siempre que sus exportaciones en el año calendario inmediato anterior no hubieran excedido la suma equivalente a USD 3.000.000, estarán exentas de pagar el derecho de exportación para un monto FOB de hasta USD 500.000. Cuando se supere este monto, hasta la suma (FOB) de USD 1.000.000, se abonará una alícuota equivalente al 50% del arancel que corresponda, según su posición arancelaria.

Programa Federal de Fortalecimiento de la Reactivación Productiva

Las MiPyMEs de los sectores industriales y agro-industriales que contraten trabajadores o trabajadoras en las provincias que se adhieran al programa, recibirán un Aporte No Reembolsable (ANR) por 36 meses consecutivos por la creación de cada nuevo puesto de trabajo a partir de marzo del 2021. Dicho aporte devengará un beneficio mayor si se trata de mujeres y personas no binarias Res. 245/2021.

Programa Te sumo (Jóvenes y PyMES)

Las MiPyMEs que soliciten la adhesión al programa recibirán 3 beneficios acumulables por un plazo de hasta 12 meses consecutivos por cada contratación efectuada dentro de las modalidades admitidas en el programa:
1. Aporte al salario del trabajador o de la trabajadora (PIL) de entre $11.500 y $18.000 para cubrir parte del salario del o la joven por hasta 12 meses consecutivos. Este aporte se acredita de manera directa al joven.
2. Aportes No Reembolsables (ANR) por cada joven contratado de entre $10.000 y $13.000.
3. Reducción de hasta un 95% sobre las contribuciones patronales.
Para más información, ingresá a la página web del Programa Te Sumo.

Beneficio para MiPyME sobre Derechos de Exportación

Las MiPyME que realicen exportaciones, respecto de las mercaderías definidas en el anexo del Decreto 302/2021, y siempre que sus exportaciones en el año calendario inmediato anterior no hubieran excedido la suma equivalente a DUSD 3.000.000, estarán exentas de pagar el derecho de exportación para un monto FOB de hasta USD 500.000. Cuando se supere el mencionado monto, hasta la suma (FOB) de USD 1.000.000, se abonará una alícuota equivalente al 50% del arancel que corresponda, según su posición arancelaria.

Beneficio para los empleadores de determinados sectores agrícolas e industriales

A los empleadores determinados en el decreto 128/2019 y sobre la base imponible que corresponda se detraerá mensualmente en el cálculo de las contribuciones patronales por cada uno de los trabajadores un importe de $17.509,20, hasta el 31 de diciembre de 2021.
Ley 27430
Decreto 128/2019

Baja de Impuestos Internos para expendio de cerveza artesanal

  • Reducción al 8% del impuesto interno para MiPyME productoras de cerveza artesanal.
  • Excepción para cervezas con graduación alcohólica menor a 1,2º GL.

Financiamiento para MiPyMEs

Las MiPyMEs pueden acceder a financiamiento para proyectos de inversión productiva, para capital de trabajo y para exportar. Conocé las líneas de financiamiento.

Avales de sociedades de garantías recíprocas (SGR)

Avales para acceder a créditos para las siguiente operaciones:

  • Créditos con entidades financieras comprendidas en la ley 21.526, fintech, organismos internacionales y entidades públicas
  • Descuento de cheques de pago diferido
  • Activos de fideicomiso financiero
  • Obligaciones negociables – ON PyME
  • Valores a corto plazo registrados por la CNV
  • Futuros y Opciones
  • Leasing
  • Descuento de Pagaré Bursátil negociados en Bolsa de Comercio y Mercado de Valores
  • Financiamientos otorgados mediante tarjetas de Crédito
  • Operaciones de compra/venta y/o locaciones de bienes o servicios
  • Obligaciones de hacer; licitaciones públicas
  • Planes de Facilidades otorgados por AFIP

Factura de Crédito Electrónica

Las Facturas de Crédito Electrónicas serán obligatorias para las operaciones mayores a $195.698 entre una MiPyME y una gran empresa; en el caso de que el intercambio sea entre MiPyME, su utilización será optativa.
Posibilita que las MiPyME expandan su financiamiento, logren mayor liquidez en un plazo menor, cuenten con un nuevo instrumento de inversión en el mercado y tengan certidumbre sobre la fecha de cobro de las facturas emitidas por grandes empresas. Permite que la MiPyME pueda elegir entre esperar el cobro por parte de la empresa grande o transferirla a un Agente de Depósito Colectivo para su negociación en el Mercado de Capitales o al Sistema de Circulación Abierta para su endoso, cesión, aval, descuento o depósito en el Sistema Bancario.

Acceso a los diferentes programas del Ministerio de Desarrollo Productivo

Programa Expertos PyMEs
Capacitación PyME
Capacitar
Sello Buen Diseño
Programa de Transformación Productiva
Financiarme para acceder a los beneficios de la Ley de la Economía del Conocimiento
Red de asistencia digital para PyMEs
Plan de Desarrollo Productivo Argentina 4.0

Acceso a los diferentes programas de otros organismos

CIVUCE. Regímenes especiales para empresas exportadoras / importadoras.

Beneficios BCRA

A partir del 1/5/19 el plazo máximo para que las entidades financieras le acrediten al comercio el importe de cada venta realizada en un pago mediante tarjeta de crédito o de compra será de 10 días hábiles.
Se excluyen las compras a plazo diferido superior al mes vinculada a su actividad productiva.

No se aplican comisiones a:

  • Operaciones por ventanilla de los usuarios de servicios financieros que sean personas humanas
  • Los depósitos de efectivo en pesos en cuenta, cuyos titulares sean personas humanas o jurídicas con carácter de MiPyME

Beneficios de ARBA

Planes de pago caducos

Se rehabilitan por 6 meses, para que abones las cuotas que produjeron la caducidad. Vas a tener que saldar el resto de los vencimientos a término.

Demanda web

Se duplica el límite del monto para acceso a la devolución de saldo a favor por internet de 50 mil a 100 mil pesos.

Suspensión de juicios a MiPyME

Alcanza a las MiPyME a las que se le venció el plan de facilidades de pago al que habían adherido previamente, desde 1 de marzo de 2019 hasta 31 de mayo de 2020.

Provincia de Buenos Aires

  • Líneas de créditos para MiPyME.
    El Gobierno bonaerense otorgará una línea de créditos para MiPyME a tasas más bajas que las del mercado, que rondarán el 30%. Además, habrá una línea especial de capital de trabajo de $2.000 millones extra para las empresas del sector textil y calzado al 29% con tasa fija en pesos hasta 12 meses. El plan contempla también una línea de descuento de cheques al 25% hasta 120 días para que no se corte la cadena de pagos.
  • Moratoria para deudas laborales no judicializadas.
    Se condonarán el 100% de los intereses de las deudas y se lanzará un nuevo plan de pagos, que va de los 6 a los 60 meses. De esta manera, estas empresas dejan de estar limitadas a ser proveedoras del Estado y acceder a líneas de crédito del Banco Provincia.
  • Ley de emergencia Provincia de Buenos Aires: MORATORIA 2020: se dispone un régimen de regularización de deudas para micro, pequeñas y medianas empresas por obligaciones fiscales vencidas al 31 diciembre de 2019 y por un plazo que no podrá exceder el 31 de marzo de 2020.

Beneficios de AGIP

Exención IIBB

Exención del 100% del impuesto de Ingresos Brutos durante el primer año de vida y del 50% durante el segundo para nuevas MiPyME que reúnan los siguientes requisitos:

  • Ser persona física o jurídica
  • Tener menos de 12 meses de antigüedad desde el inicio de actividades
  • Tener al menos dos empleados
  • Tener facturación neta por debajo de los $2.145.000 pesos
  • Estar previamente inscriptas en el Registro MiPyME
  • Estar inscriptas como contribuyentes locales en el impuesto sobre los Ingresos Brutos ante la AGIP
  • Cumplir con la normativa vigente de habilitaciones

Beneficios de Banco de la Ciudad de Buenos Aires

Descuento de cheques:

El Banco Ciudad redujo sus tasas del 35% al 25% para la cartera general de MiPyME, y ahora las lleva al 24% para empresas de CABA, a 120 días, ofreciendo la mejor tasa del mercado para esta operatoria.

Ciudad Productiva

Se relanza esta línea de crédito para Capital de Trabajo y Bienes de Capital, a 24 y 48 meses respectivamente, con una tasa fija del 43% TNA, que se ubica 15 puntos por debajo de las tasas de mercado.

Línea para sectores productivos

Para potenciar distintas actividades económicas que se desarrollan en los diferentes barrios de la ciudad, más allá de los polos o distritos específicos que se han establecido. Alcanza sectores como: tecnología, audiovisual, farmacéutica, diseño, arte, logística, deporte, gastronomía, actividad hotelera y turismo, entre otros; con tasas muy competitivas con relación al mercado, del 43% y plazos hasta 72 meses.

Créditos para Comercio Exterior

Se redujo en 2 puntos la tasa fija de los créditos en dólares para exportación, quedando para las MiPyME de la Ciudad de Buenos Aires en 3,5% TNA, fija, a un plazo de un año.

Préstamos para Mujeres Emprendedoras

Con actividad formal o informal, créditos tanto a sola firma como con aval de SGR (en esta última opción se reduce la tasa a 42% TNA), complementados con un programa de capacitación a medida brindado por el Instituto PyME del Banco Ciudad.

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